Temario por bloques — Consejero de Seguridad para el Transporte de Mercancías Peligrosas (ADR)
Fuente: Real Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, sobre los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable — Anexo, "Lista de las materias precisas para la realización de las pruebas de consejero de seguridad". Texto consolidado (modificado por RD 97/2014, de 14 de febrero, que regula el transporte por carretera y remite a este mismo Anexo). https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1999-20640
Nota: el Artículo 1 de este Real Decreto fue modificado en 2014 para limitar su ámbito propio a ferrocarril y vía navegable (el transporte por carretera pasó a regirse por el RD 97/2014), pero el Anexo de materias no fue derogado ni sustituido — el propio RD 97/2014 y las convocatorias autonómicas de examen para consejeros de seguridad por carretera (ADR) siguen remitiendo a este mismo listado de materias como programa del examen. El Ministerio de Transportes lo gestiona hoy como "banco de preguntas CS" sobre esta misma base normativa.
Consejero de Seguridad para el Transporte de Mercancías Peligrosas — Temario oficial (Anexo RD 1566/1999)
I. Medidas generales de prevención y de seguridad
- Conocimientos de los tipos de consecuencias que puedan derivarse de un accidente en el que estén implicadas mercancías peligrosas.
- Conocimiento de las principales causas de accidente.
II. Disposiciones relativas al modo de transporte utilizado (legislación nacional, normas comunitarias, convenios y acuerdos internacionales)
- Clasificación de las mercancías peligrosas: a) procedimiento de clasificación de las soluciones y mezclas; b) estructura de la enumeración de las materias; c) clases de mercancías peligrosas y principios de clasificación; d) naturaleza de las materias y objetos peligrosos transportados; e) propiedades fisico-químicas y toxicológicas.
- Condiciones generales de embalaje, incluidas las cisternas y contenedores-cisterna: a) tipos de embalajes, codificación y marcado; b) requisitos y normas de pruebas de los embalajes; c) estado del embalaje y control periódico.
- Etiquetas e indicaciones de peligro: a) inscripción en las etiquetas de peligro; b) colocación y eliminación de las etiquetas de peligro; c) señalización y etiquetado.
- Indicaciones en la carta de porte: a) datos consignados en la carta de porte; b) declaración de conformidad del expedidor.
- Modo de envío y restricciones en la expedición: a) carga completa; b) transporte a granel; c) transporte en grandes recipientes para el granel; d) transporte en contenedores; e) transporte en cisternas fijas o desmontables.
- Transporte de pasajeros.
- Prohibiciones y precauciones de carga en común.
- Separación de las materias.
- Limitación de las cantidades transportadas y cantidades exentas.
- Manipulación y estiba: a) carga y descarga (grado de llenado); b) estiba y separación.
- Limpieza o desgasificación antes de la carga y después de la carga.
- Tripulación: formación profesional.
- Documentos que deben llevarse a bordo: a) carta de porte; b) instrucciones escritas; c) certificado de autorización del vehículo; d) certificado de formación para los conductores de vehículos; e) certificado de formación relativa a la navegación interior; f) copia de cualquier exención; g) otros documentos.
- Consignas de seguridad: ejecución de las instrucciones y equipo de protección del conductor.
- Obligaciones de vigilancia: estacionamiento.
- Reglas y restricciones de circulación o de navegación.
- Vertidos operativos o accidentales de sustancias contaminantes.
- Requisitos relativos al material de transporte.
El temario detallado de esta oposición está en preparación.
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